El Cabildo de La Palma mantiene abierto el plazo de presolicitud para optar al plan de ayudas a la rehabilitación de inmuebles en el ámbito rural, una acción que cuenta con una dotación presupuestaria de un millón de euros.
El presidente insular, Sergio Rodríguez, apunta que esta iniciativa tiene el objetivo de facilitar a los habitantes de la Isla la adecuación de sus viviendas, un sector muy complejo actualmente en nuestro territorio, en el que desde el grupo de Gobierno se está trabajando para conseguir el mayor número y las mejores condiciones posibles en estas infraestructuras.

Rodríguez indica que este programa ofrecerá subvenciones de hasta el 50% del coste de la rehabilitación, con un máximo de 30.000 euros por inmueble. Los propietarios deberán comprometerse a destinar la vivienda al alquiler residencial durante al menos cinco años, tras los cuales quedará liberada de cualquier acuerdo.
Además, esta iniciativa se suma al trabajo ya en marcha del Cabildo, que incluye una aportación a los ayuntamientos para la compra de suelo, la adquisición de inmuebles en construcción o concluidos, y construcción de vivienda pública, además de las ayudas al alquiler para jóvenes.
¿Cuáles son las actuaciones subvencionables?
La convocatoria de esta ayuda contempla como proyectos que pueden adherirse a esta subvención las obras de conservación y mantenimiento; obras de reforma; obras de restauración, y obras de rehabilitación, teniendo un plazo de 15 meses, a partir de que se otorgue la ayuda para el desarrollo de las mismas. Además, la subvención se podrá conceder para actuaciones realizadas desde el 1 de enero del presente año.
Importe de la ayuda
La línea de subvención contempla el pago del 100% si el costo es inferior a los 20.000 euros, y del 50 % en importes superiores, hasta los 30.000 euros de ayuda.
Documentación y presentación de solicitudes
Las personas que tengan interés en presentar las solicitudes deberán hacerlo a través de la Sede Electrónica del Cabildo de La Palma o bien de forma presencial en los registros de entrada de la Corporación insular y en las oficinas públicas habilitadas.
Para ello, deberán presentar el DNI o NIE de la persona solicitante o representante; la acreditación de la representación legal, en su caso; acreditación de titularidad de la vivienda; autorización al Cabildo para recabar datos de estar al corriente de las obligaciones tributarias, tanto con el propio Cabildo como con la Seguridad Social; alta a terceros cumplimentada y sellada por la entidad bancaria, y la memoria descriptiva, presupuesto detallado o proyecto visado según tipo de obra.
La información relativa a la documentación necesaria se puede consultar mediante la Sede Electrónica del Cabildo de La Palma y para obtener mayor información se puede contactar con el Servicio de Vivienda de la Corporación insular a través del número 609 081 262 o el 680 837 731 y mediante el correo ayudas.vivienda@cablapalma.es . También se puede contactar con la Oficina del Volcán, antigua de Gesplan, en el municipio de El Paso, para completar información, a través del teléfono 639 454 591.








4 comentarios en “El Cabildo mantiene abierto el plazo de presolicitud para las ayudas a la rehabilitación de inmuebles en el ámbito rural”
Y dale…. «Los propietarios deberán comprometerse a destinar la vivienda al alquiler residencial durante al menos cinco años»…
Y mientras tanto, ¿dónde vivo? Está claro para quién está dirigido…
yo no arreglo mi pajero , prefiero que se le caiga el techo. Pues si lo ago y luego lo alquilo y llega un inkiokupa o un okupa , me la tengo que chup
Manolosan pues donde mismo vives ahora mihijo se la puedes alquilar a un joven 5 años, a tu hijo, primo o vecino o profesor o medico y luego pa ti..no sea que tu hijo sea okupa. No es para pajeros, es para viviendas no habitadas.
Pero escarabajo, yo, mi pareja, ¿y metemos un extraño en el cuarto que sobra? O sino ¿dónde vivimos? No creo que dejen. Ni yo quiero. Está bien claro que quieren que la casa, piso, lo que sea, esté para alquiler. Nada indica que tú puedas estar viviendo ahí. Lo que dice no tiene sentido. Ud mismo lo dice: «es para viviendas NO habitadas», esto es para los que tienen segunda o más viviendas. A los que sólo tenemos una, no se nos ayuda. Y lo de que un inquilino, incluso siendo familiar, se te queda de okupa, es el pan de cada día, ¿ud no lee ni ve las noticias?
No creo que lo haya entendido….